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Autorizados cuatro nuevos acuerdos entre España y Cabo Verde

afrol News, 15 de Junio de 2007 - El Consejo de Ministros del Gobierno español autorizó hoy la firma de tres convenios entre España y Cabo Verde sobre asistencia judicial en materia penal, traslado de personas condenadas y extradición, así como un Acuerdo Marco de cooperación en materia de inmigración.

En el Convenio relativo a asistencia judicial en materia penal, que tiene por finalidad la asistencia jurídica mutua entre las autoridades competentes de ambas partes en relación con asuntos de naturaleza penal, responde al modelo habitual seguido en la elaboración de otros Convenios bilaterales y multilaterales sobre la materia.

Se establece la obligación de prestar asistencia mutua judicial en todo asunto penal entre ambos Estados, se regula el contenido de la solicitud, distintos aspectos del procedimiento, la normativa de ciertas medidas de asistencia judicial, etcétera, y se establecen una serie de disposiciones usuales en este tipo de convenios, tales como garantías de inmunidad de las personas, y gastos y gratuidad de la asistencia.

Como novedad, se introduce la posibilidad de constituir equipos conjuntos de investigación, así como una avanzada regulación sobre el decomiso de instrumentos y productos del delito, los cuales irían destinados a reformar los medios para la lucha contra la criminalidad organizada, la cooperación jurídica y el apoyo a las víctimas del delito.

Por su parte, el Convenio de traslado de personas condenadas tiene como finalidad la rehabilitación social de las personas condenadas de ambos países, para lo cual se establece que los nacionales privados de su libertad en el extranjero por la comisión de un delito pueden cumplir la condena dentro del país de su nacionalidad.

El Convenio se refiere a las condiciones del traslado (el condenado deberá tener pendiente de cumplir, al menos, un año de la pena) y al deber de facilitar información, y regula igualmente, tal y como sucede en el resto de Convenios de esta materia, los gastos ocasionados por el traslado que correrán a cargo de quien solicita el traslado, es decir, el Estado de cumplimiento.

Asimismo, en virtud del Convenio de extradición, ambos países convienen en concederse la extradición de cualquier persona a quien se reclame para su enjuiciamiento, o para la imposición o cumplimiento de una condena en el Estado requirente por un delito que dé lugar a la extradición.

En este sentido, después de enumerar los delitos que dan lugar a la extradición, se excluyen expresamente de los supuestos de denegación de extradición los actos de terrorismo a los que se les da la consideración de delitos políticos.

Finalmente, la firma del Acuerdo Marco de Inmigración está principalmente motivada porque Cabo Verde es uno de los países incluidos en el "Plan África 2006-2008" aprobado por el Gobierno español, dentro del grupo de los que son considerados de interés específico por ser origen y tránsito de inmigración irregular.

El Acuerdo aborda el fenómeno de las migraciones entre España y Cabo Verde para combatir de manera eficaz la inmigración ilegal y facilitar la repatriación de aquellos nacionales de un país que se encuentren irregularmente en el territorio del otro.

Se regulan el procedimiento de admisión de trabajadores; el retorno voluntario; la integración de residentes; los mecanismos de cooperación institucional entre Administraciones para la información, capacitación y orientación, creando un observatorio para la emigración que analice el impacto y las tendencias de la misma; medidas para la lucha contra la inmigración irregular y el tráfico de seres humanos y la readmisión. En el anexo se detalla el procedimiento de repatriación y las garantías para la readmisión de personas.


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